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Estudiantes extranjeros

Estudiantes extranjeros

Ciudadanos de la UE y ciudadanos del Espacio Económico Europeo (EEE).

Únicamente será necesario la aportación del documento nacional de identidad o pasaporte del país comunitario de origen. No es necesario obtener visado.

Sin embargo, si perteneces a un estado miembro de la E.U. o de otro estado que es parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y vas a residir en España por un período de más de tres meses, deberás solicitar un 'Certificado de Registro'. Para más información consulte aquí.

Ciudadanos extracomunitarios

1. Antes de llegar a España:

Los estudiantes extracomunitarios, para poder entrar y permanecer como estudiantes en España, deberán solicitar el visado de estudios en la misión diplomática u oficina consular española en el país en el que residan. Para obtener más información, consultar aquí. Los documentos requeridos para el visado de estudiante varían según el tiempo de la estancia:

  • Si la estancia es inferior o igual a seis meses (hasta 180 días):
    • Modelos de solicitud de visado.
    • Pasaporte actualizado.
    • Carta de admisión a unos de los programas de estudio de ICEB.
    • Comprobante de pago del programa.
    • Contenido del plan de estudios (horario y duración).
    • Seguro médico.
    • Acreditación de disponibilidad económica suficiente para sufragar los costes de estudios y estancia, o en su caso, justificante de alojamiento para todo el tiempo de la estancia.
  • Si la estancia tiene una duración superior a seis meses (visado tipo D, código SLU):
    • Modelos de solicitud de visado
    • Fotos tamaño pasaporte
    • Pasaporte actualizado
    • Carta de admisión a unos de los programas de estudio de ICEB.
    • Comprobante de pago del programa.
    • Contenido del plan de estudios (horario y duración).
    • Seguro médico.
    • Acreditación de disponibilidad económica suficiente para sufragar los costes de estudios y estancia. O en su caso, justificante de alojamiento para todo el tiempo de la estancia.
    • Certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país de origen o residencia expedido por las autoridades del país de origen o del país en que haya residido durante los últimos cinco años, legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento.
    • Certificado de salud, legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento.

Algunas oficinas consulares pueden variar la documentación exigible por este motivo es necesario acceder a la información que estas brindan en sus países de origen. Para obtener más información, consultar aquí.

2. Luego de su entrada en España:

Una vez llegado a Barcelona, tiene contraída una serie de obligaciones como ciudadano extranjero extracomunitario, dependiendo de la duración de su estancia:

  • Si la estancia es inferior o igual a seis meses (hasta 180 días), su visado es suficiente para permanecer en España y realizar la actividad para la que se ha concedido el visado.
  • Si la estancia tiene una duración superior a seis meses (visado tipo D, código SLU), el extranjero deberá solicitar personalmente la tarjeta de identidad de extranjero (TIE), en el plazo de un mes desde la entrada efectiva a España, en una oficina de extranjería o comisaría de policía de la provincia. La TIE es una tarjeta de autorización (contiene el número de identificación de extranjeros, NIE) de estancia temporal válida por el tiempo que duren los estudios en España. Para obtener más información, consultar aquí.

Documentos a presentar para solicitar la tarjeta de identidad de extranjero (TIE):

1. Impreso oficial (hoja EX -17), original + 1 copia. Descargar aquí.

2. Justificante de abono de la tasa (modelo 790, código 012 del Ministerio del Interior), cuyo impreso debe rellenar de forma online.

3. Fotocopia pasaporte (hoja de filiación + hoja del visado tipo D + sello de entrada en la UE).

4. Fotocopia del visado tipo D Estudiante (abierto). 

5. Copia de la solicitud de matrícula y del recibo de pago o credencial de becario. 

6. Certificado del centro en el que se indique la duración de los estudios que se van a realizar así como que el alumno ya se encuentra matriculado.

7. Una fotografía tamaño carné.

8. Certificado de empadronamiento.

La Oficina de Extranjería o Comisaría expedirá de inmediato un resguardo oficial de la TIE. La tarjeta se recibirá entre 20 o 40 días en el lugar que señale el resguardo recibido. Su validez dependerá del período de estudios o de la finalización del curso académico. La Secretaría General de nuestro centro podrá requerir al alumno copia del TIE.

Servicios a Estudiantes ICEB

ICEB pone a disposición de todos los alumnos que así nos lo soliciten los siguientes servicios de pago:

1. Tramitación expediente de solicitud de visado.

El ICEB te ayuda a gestionar y conformar el expediente de solicitud de visado, así como la solicitud de turnos para presentar el expediente de visa que requerirá que esté presente el estudiante.

2. Ayudas en la tramitación de solicitud de la tarjeta de identidad de extranjero (TIE).

3. Ayuda en búsqueda de Vuelos y alojamiento en España.

Vuelos y traslados al aeropuerto

En ICEB te gestionamos todo, incluyendo el vuelo, para que puedas viajar de una forma muy sencilla y cómoda. Seas de donde seas no tendrás que preocuparte para viajar ya que gestionamos los billetes de avión desde cualquier país del mundo.

Adicionalmente podemos ofrecer el servicio de recogida en el aeropuerto y hasta la residencia escogida por el alumno.

Alojamiento en Barcelona

ICEB ofrece múltiples opciones de alojamiento a los alumnos, ya sea en pisos, apartamentos, habitaciones, residencias de estudiantes, alojamientos con personas mayores, hoteles, hostales y pensiones, hay opciones para todos los gustos y presupuestos.

Ponte en contacto con admisiones@iceb-edu.com para más información.

4. Ayuda en la gestión del Seguro médico para estudiantes

En ICEB podemos ofrecerte un seguro médico que cumpla con los requisitos exigidos para la solicitud del trámite de visado. El precio variará según el tipo de seguro elegido y la duración del mismo.

Para recibir más información sobre los tipos de seguros y el coste, ponte en contacto con admisiones@iceb-edu.com

5. Ayuda en Trámites de contrato de trabajo en prácticas (tiempo parcial) y permiso de trabajo con estancia (según legislación vigente).

Los estudiantes titulares de un permiso de estancia, podrán realizar prácticas curriculares y extracurriculares dependiendo del programa de estudio cursado. Dichas prácticas podrán ser remuneradas si son extracurriculares.

Para aquellos alumnos que consigan una oferta de trabajo en una empresa pública o privada, ICEB les podrá ayudar a tramitar el correspondiente permiso/contrato de trabajo.

Para recibir más información ponte en contacto con admisiones@iceb-edu.com

Colaboradores

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